POR LA DENOMINADA "CAUSA PUBLICIDAD" El ex gobernador Arturo Colombi irá finalmente al banquillo de la Justicia Está acusado de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. También serán enjuiciados los ex funcionarios Carlos Lezcano, José Antonio Barreto, Raúl Lértora, José María Roldán y Ramón Zacarías. Otros involucrados: José Luis Zampa, Carlos Fagúndez, Héctor Herrero, María de las Mercedes Romero y Pedro Florida.
El ex Gobernador aparece como coautor del delito de peculado en perjuicio de los fondos públicos.
La Cámara de Apelaciones en lo Criminal rechazó seis apelaciones presentadas en el marco de la causa "González del Castillo, Guillermo s/ denuncia" y confirmó la Resolución N° 506 del 10 de marzo pasado por cuanto el Juzgado de Instrucción Nº 3 dispuso la elevación de la causa a juicio.
La Cámara no hizo lugar a los recursos de apelación presentados por los imputados Carlos Aníbal Lezcano (Resolución Nº 1.177); José Antonio Barreto (Resolución Nº 1.178); Raúl Alfredo Lértora (Resolución Nº 1.179); Arturo Alejandro Colombi (Resolución Nº 1.180); José María Roldán (Resolución Nº 1.181) y Ramón Rufino Zacarías (Resolución Nº 1.182) contra la Resolución N° 506 de fecha 10 de marzo de 2016.
En los seis casos mencionados, los recursos de apelación fueron presentados contra diferentes puntos de la Resolución Nº 506 del Juzgado de Instrucción Nº 3.
La Defensoría Oficial Penal N° 3, representante del imputado Lezcano, ex Director de Información Pública, hallado prima facie co-autor penalmente responsable del delito de defraudación en perjuicio de la administración en concurso real con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, cuestionó el hecho de no hacer lugar a la excepción de prescripción.
La defensa de Barreto, imputado por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso ideal con el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio en las funciones públicas como partícipe primario, criticó la elevación de la causa a juicio de su representado.
En el caso del imputado Lértora, hallado prima facie coautor material del delito de fraude en perjuicio de la administración pública por administración infiel, su defensa rechazó la oposición al requerimiento de elevación de la causa a juicio.
La defensa del ex gobernador Colombi, hallado prima facie co-autor del delito de peculado en concurso ideal con el de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, cuestionó el rechazo del punto 1°) el planteo de nulidad articulado; punto 2°) el pedido de sobreseimiento y el pedido de prórroga extraordinaria de la instrucción y orden de la elevación de la causa a juicio en el punto 8°).
La defensa técnica del imputado José María Roldán, hallado prima facie coautor material del delito de fraude en perjuicio de la administración pública en concurso real con el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio en las funciones públicas en calidad de partícipe necesario, criticó el rechazo en el punto 1°) el planteo de nulidad articulado; punto 3°) el pedido de sobreseimiento y el pedido de prórroga extraordinaria de la instrucción y orden de la elevación de la causa a juicio en el punto 8°).
En el caso del imputado Zacarías, su defensa rechazó en el punto 1°) el planteo de nulidad articulado; el pedido de prescripción y sobreseimiento en el punto 6°) y la orden de la elevación de la causa a juicio en el punto 8°) a fin de que sea juzgado él como autor material del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Las razones del rechazo
La Cámara de Apelaciones fundamentó su decisión de rechazar todos los planteos presentados al señalar que los agravios alegados reeditaban la misma cuestión ya debatida y resuelta en fases procesales ya transitadas y precluidas; o sea, la apelación al auto de procesamiento. "Ya se analizó la calificación legal, confirmando los argumentos expuestos por el magistrado del tribunal inferior y se consideró suficientes las constancias probatorias en las que se basaba, para tener por acreditada la caracterización del hecho".
Los doctores Héctor Raúl Cornejo, Mario Alberto Alegre y Diego Roberto Núñez Huel indicaron que el requerimiento fiscal se hallaba correctamente apoyado en la declaración jurisdiccional, y satisfacía los recaudos de validez requeridos por la ley penal, precisando y especificando el hecho, en base al material probatorio recopilado. "(…) si aquellos elementos resultaron suficientes y sirvieron en su momento para procesar, y si aquella situación establecida no ha experimentado variaciones, nada obsta a que en la fase crítica de la instrucción, la elevación a juicio se sustente en los mismos elementos aún no controvertidos, pero suficientes para habilitar el pase de la causa hacia el plenario. Porque en este estadio no se exige certeza sino la probabilidad acerca de la existencia del hecho y su autoría, ya que es un paso previo a lo que sí será definitivo (sentencia condenatoria o absolución)".
Los restantes imputados en la llamada causa publicidad son José Luis Zampa, ex director de Información Pública, hallado prima facie coautor penalmente responsable de los delitos de peculado en concurso ideal con el delito de administración infiel en perjuicio de la administración pública en concurso real con el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública con el carácter de autor material; Carlos Emir Fagúndez, ex ministro secretario general de Gobernación, quien prima facie sería coautor penalmente responsable del delito de fraude en perjuicio de la administración pública por administración infiel en concurso ideal con el delito de peculado; y Héctor Horacio Herrero, contador general de la Provincia, hallado prima facie autor material del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público previsto.
Por último, están imputados también María de las Mercedes Romero, en carácter de autor material del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público; y Pedro Rafael Iván Florida, en carácter de autor material del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Viernes, 23 de septiembre de 2016
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