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LA TRANSFORMACION QUE NO PUEDEN EXPLICAR EN QUE CONSISTE
El próximo gobernador estará obligado a completar la adecuación previsional
La provincia se comprometió a cumplir con la tarea en los próximos cuatro años. Ricardo Colombi puso la firma y escondió el convenio.


En la Casa Rosada hablan de una “armonización” y en el Gobierno provincial lo definen como una “adecuación”, aunque sinónimos imperfectos en términos políticos el concepto remite a una idea concreta que los funcionarios de ECO+Cambiemos no saben o no quieren explicar: la equiparación del sistema previsional correntino al de la Nación, todo igual, nada distinto. La tarea es ineludible y le tocará al próximo gobernador de Corrientes completar la armonización y/o la adecuación con todo lo bueno y lo malo que eso implica; tendrá cuatro años para cumplir la misión.

Fue lo que firmó -el año pasado- Horacio Ricardo Colombi sin abrir la boca. Embolsó casi 164 millones de pesos y guardó el convenio, que hoy seis meses después y con un escándalo en progreso todavía sigue oculto. La armonización surge del Decreto Nº 894 de Mauricio Macri que reglamentó la Ley Nacional Nº 27.260 del Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados. Data de julio de 2016, el día 28 cumplirá un año. Allí se determina que las provincias que en su momento no transfirieron la Caja Previsional a la Nación (y aun aquellas que sí lo hicieron) y que pretendan recibir una asistencia financiera por las asimetrías existentes tendrán que adaptar la legislación local a la nacional.

El objetivo es ponerle punto final a los regímenes diferenciados. Por eso la Casa Rosada impone a los gobernadores una “convergencia de legislación”. Puntualmente hay que igualar las edades de acceso a una jubilación ordinaria, equiparar las alícuotas de aportes que hacen los beneficiarios y las patronales, también los años de servicio con aporte efectivo, además de un “mecanismo sustentable” de movilidad en los haberes jubilatorios (ver aparte).

La Provincia de Corrientes se comprometió a cumplir con estos requisitos en los próximos cuatro años, es decir que será la tarea del próximo gobernador. De hecho, la exigencia nacional es completar la “armonización” en un plazo no mayor a cuatros años. Esto es lo que describe el Decreto de Macri que sirvió de modelo para los convenios que firmaron las provincias, se desconoce si el documento que suscribió Horacio Ricardo Colombi contiene alguna cláusula adicional, y se desconoce porque el acta del convenio está escondido y no lo muestran.

El último día hábil del año pasado (el 29 de diciembre) Colombi emitió el Decreto Nº 3.611 a través del cual dio por aprobada la firma del Convenio con la Anses, pero no lo publicó en el Boletín Oficial sino hasta el 31 de mayo, cinco meses después. En ese decreto consigna que la Provincia ya recibió casi 164 millones de pesos como parte del programa de “armonización”. Mientras, el Convenio sigue guardado, quizás el próximo mandatario lo pueda leer, de hecho lo va a tener que leer pues estará obligado a cumplir.


Los artículos clave

La parte del medular del compromiso que la provincia de Corrientes asumió con la Nación para adecuar el sistema previsional (y recibir recursos a cambio) está contemplado en el Título IV del Decreto Nº 894/2016 reglamentario de la Ley Nº 27.260 que define el Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados. Puntualmente los artículos 26º y 27º sintetizan la “armonización” previsional.

Dice el Artículo 26º: En los ejercicios 2017 y siguientes, la asistencia financiera se determinará en base a: 1) el resultado financiero corriente global que determinen las auditorías que realice Anses del ejercicio anterior y, 2) el grado de avance alcanzado por cada jurisdicción provincial en el proceso de armonización normativa de su legislación con la vigente en la Nación. Por armonización normativa se entiende la convergencia de la legislación provincial con la nacional en cuanto a los siguientes conceptos: I) edad de acceso a una Jubilación Ordinaria; II) alícuotas de Aportes Personales y Contribuciones Patronales; III) cantidad de años de servicio con aportes efectivos; IV) determinación del haber inicial; y V) mecanismo sustentable de movilidad de los haberes jubilatorios. Cada uno de dichos conceptos tendrá una ponderación del 20%.

Artículo 27º: Partiendo de la situación actual, se requerirá a las provincias completar el proceso de armonización normativa en un plazo no mayor a cuatro años.


Lunes, 24 de julio de 2017

   

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