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PAGO DE EMERGENCIA
A quienes beneficia y los detalles del trámite
La ayuda familiar se pagará en abril y puede seguir en los próximos meses. Incluye a lxs trabajadorxs de servicio doméstico, registradxs o no registradxs.


Habrá que registrarse en la página web de la Anses. Los beneficiarios no podrán tener otros ingresos o prestaciones, con excepción de la AUH. Los monotributistas categoría A y B además no pagarán la cuota de abril.

El Gobierno oficializó el pago de una ayuda familiar de 10.000 pesos para monotributistas de las escalas más bajas y trabajadoras y trabajadores no registrados, según el Decreto 310, en el marco de la Emergencia Sanitaria, publicado este martes en el Boletín Oficial. La medida abarca 3,6 millones de hogares. Se cobrará en abril y habrá que registrarse en la web de la Anses.

El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, afirmó este martes que la transferencia extraordinario de 10.000 pesos “se va a repetir todas las veces que se necesite mientras dure" el aislamiento social dispuesto por el gobierno nacional para mitigar la propagación del coronavirus

¿En qué consiste la ayuda?
- El Gobierno estableció una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional por 10.000 pesos, “destinada a compensar la pérdida o grave disminución de ingresos de personas afectadas por la situación de emergencia sanitaria”. El pago será de carácter excepcional, aunque el titular del Palacio de Hacienda no descartó que pueda repetirse dependiendo de la situación de emergencia. A los monotributistas de la categoría A y B se los excluirá además del pago de la cuota mensual de abril, medida que también podría repetirse en mayo de extenderse la cuarentena.

¿Quiénes lo cobran?
- Trabajadorxs de 18 a 65 años que no perciban pensiones ni subsidios de ningún tipo y que no tengan otro ingreso. Esto incluye a trabajadoras y trabajadores no formales, monotributistas de categorías A (tope de facturación de 17.400 pesos por mes) y B (tope de 26.100 pesos por mes). También podrán tramitarlo lxs trabajadorxs de casas particulares, registradxs o no registradxs. En el Gobierno aseguran que incluirá a 3,6 millones de hogares. Un informe de la fundación Atenea asegura que más de 7 millones de trabajadores y trabajadoras están desprotegidos, el 43 por ciento son no registrados, el 37 por ciento cuentapropistas y 20 por ciento desocupados. “Nosotros (IPyPP) hablamos de 5 millones de personas que están fuera de toda cobertura de ingresos, y se anunció que va a llegar a 3 millones de hogares. Habrá que ver esa cuestión y la letra chica de la asignación que se hace del Ingreso Familiar”, señaló a este diario el director del Banco Nación y titular del instituto de políticas públicas IPyPP, Claudio Lozano.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al pago?
- Se analizará la totalidad del grupo familiar, para definir su asignación. Debe ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a dos años. Para acceder a este pago el hogar no deberá tener otro ingreso, ya sea de empleo formal o prestación. Se contempla también que no deben contar con bienes considerados lujosos o patrimonios abultados, para lo cual se utilizará el mismo criterio que se aprobó para avanzar con pensiones no contributivas.

¿Quiénes quedan excluidos?
- Toda familia en la que haya otro ingreso por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributistas de categoría C o superiores y régimen de autónomos, prestación por desempleo, jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo o ProgresAR.

¿Cómo registrarse?
- La inscripción será de forma fácil a través de la página web de la Anses, que habilitará en los próximos días un link a los efectos de registrarse e ingresar los datos. Dado que se trata de la mayor base de datos del país de los contribuyentes, aclaran que mucha información ya estará disponible por perfil. Habrá que completar el resto. En los casos en los que ya haya información completa, se le notificará por mail la posibilidad de solicitar la ayuda. También se lanzará una aplicación (o se mejorará la interface del sitio web móvil) para hacerlo desde el celular.

¿Cuándo se cobra?

- El proceso desde la inscripción demorará 15 días, con lo cual el pago se realizará a partir de la segunda semana de abril. Será de carácter excepcional, aunque si la cuarentena se extiende habría otro pago en mayo.

¿Cómo se cobra?
- Si tiene cuenta bancaria a su nombre, se podrán cargar los datos para la transferencia. Si no, se les indicará dónde y cuándo percibirán el haber. Este tema deberá analizarse con el Banco Central y las entidades en condiciones de prestar el servicio. También podría ser en oficinas de la Anses en distintos puntos del país.

¿Es compatible con algún otro beneficio?
- Lo es con la Asignación Universal por Hijo, de manera que pueden gestionarlo sin ningún inconveniente. Según explicó el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, la AUH es un programa de protección a la niñez de largo plazo y este pago es una ayuda excepcional en una situación de crisis.


Martes, 24 de marzo de 2020

   

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