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La Corte Suprema blinda el fallo Levinas y combate la rebelión de las cámaras nacionales
Los jueces supremos rechazaron dos recursos de revocatoria contra el fallo que ubicó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño como alzada de las cámaras nacionales con asiento en la Ciudad de Buenos Aires alterando la jerarquía del Poder Judicial y beneficiando a Mauricio Macri en el Correogate.


También favoreció al gobierno de la Ciudad en un pleito con la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación blindó este martes el fallo Levinas, con el que a fines de diciembre del año pasado ubicó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño como alzada de las cámaras nacionales con asiento en la Ciudad de Buenos Aires alterando la jerarquía del Poder Judicial y beneficiando a Mauricio Macri en el Correogate. El Alto Tribunal rechazó este martes los recursos de revocatoria que habían presentado la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y la Defensoría General de la Nación. El pedido era que la Corte desistiera de lo resuelto el pasado 27 de diciembre y deshiciera la decisión de poner al TSJ de la Ciudad –donde el macrismo juega de local- como instancia revisora de las cámaras nacionales en lo civil, comercial, del Trabajo y de Casación Penal. Lejos de eso, lo ratificó y salió al combate de la rebelión de los camaristas nacionales que decidieron no acatar lo resuelto por los ministros cortesanos a finales de 2024, en la víspera de la jubilación de Juan Carlos Maqueda.

Para los ministros cortesanos Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz la petición de la Asociación de Magistrados y de la Defensoría General “resulta inadmisible”. “Este Tribunal ha expresado reiteradamente que no están habilitados a interponer el recurso previsto por el artículo 14 de la ley 48 –debiendo aplicarse este mismo criterio a la reposición aquí solicitada- quienes no revistan la calidad de parte con participación legitimada en el proceso, aun cuando aleguen tener un gravamen configurado por la decisión atacada” sostuvieron este martes en un voto conjunto Rosatti y Lorenzetti. Y añadieron: “El planteo resulta de todos modos improcedente pues, como lo tiene repetidamente decidido esta Corte, sus sentencias definitivas e interlocutorias no son susceptibles de ser modificadas por el recurso de revocatoria (…), ni por el de nulidad (…), salvo situaciones excepcionales que no concurren en la especie”.

Rosenkrantz adhirió a esa posición porque si no la resolución no podía salir ya que se necesitan tres votos de mayoría y tras la salida de Maqueda eso implica unanimidad o la convocatoria de conjueces. En su voto aparte, Rosenkrantz resaltó: “Comparto los fundamentos del voto que antecede para rechazar el recurso interpuesto, sin que ello implique modificación alguna de mi disidencia en dicha sentencia”. La mención de Rosenkrantz no es menor. Este magistrado había votado en disidencia el pasado 27 de diciembre y expuso a sus colegas al sostener que no se podía ubicar al TSJ como alzada de las cámaras nacionales con asiento en la Ciudad.

A la par que esa decisión, la Corte también resolvió este martes en favor del gobierno de la Ciudad y en contra de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional en una causa en la que se debate sobre la “declaración de inconstitucionalidad del artículo 4° de la ley local 6452, en cuanto establece que el recurso de inconstitucionalidad que debe resolver el Tribunal Superior de Justicia de dicha ciudad ‘se interpone contra la sentencia definitiva del tribunal superior de la causa emitida por los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires o los integrantes de la Justicia Nacional de la Capital Federal’”. La Corte aceptó un recurso de queja presentado por la Ciudad, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia que se había apelado y otorgaba una cautelar a pedido de la Asociación de Magistrados en el fuero contencioso administrativo. Esto implica que se aplicará la doctrina de que el último tribunal de las sentencias de las cámaras nacionales es el TSJ. Al menos hasta una resolución de la cuestión de fondo.

Lo resuelto por los cortesanos este martes en los mentados expedientes es una respuesta a la rebelión de los jueces nacionales que adelantaron que no acatarán lo dispuesto en el fallo Levinas.

“Las cámaras vamos a seguir rechazando la intervención del TSJ de la ciudad por los plenarios y acordadas que hemos sacado. No vamos a aplicar esa jurisprudencia de la Corte Suprema, que además de ilegal no es obligatoria”, indicaron a El Destape desde una de las cámaras nacionales.

Por ejemplo, una semana atrás 25 jueces de la Cámara Nacional en lo Civil resolvieron que no van a acatar el fallo que dispuso que sus sentencias pueden ser revisadas por la Justicia porteña. Los 25 jueces firmaron un documento donde establecen una “doctrina legal obligatoria” contraria al reciente fallo de la Corte. Lo mismo sucedió en la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que resolvió que las decisiones emanadas de los órganos que integran la Justicia Nacional del Trabajo, una vez agotadas las instancias del procedimiento ordinario, no son recurribles ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad como lo indicó la Corte en el fallo Levinas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional también se expresó en un sentido similar.

A Macri todo este pleito no le preocupa. Ya logró el favor de la Corte y el Correogate, tal como informó El Destape, ya pasó de la Justicia Nacional –fuero comercial- a la Justicia porteña que apenas lo recibió le dio curso y lo resolverá pronto.

El caso Levinas y sus alcances
El caso Levinas es un pleito entre la familia del artista León Ferrari y el periodista Gabriel Levinas. La familia Ferrari demandó a Levinas porque se quedó con unos cuadros del artista, los vendió y nunca les dio el dinero. La Cámara Nacional en lo Civil confirmó un fallo contra Levinas y éste planteó que el caso debía pasar a la Justicia porteña. Macri hizo lo mismo en Correo, pero en el fuero Comercial, a pesar de que el caso estuvo radicado en ese fuero por 20 años. El 27 de diciembre pasado, con los votos de Rosatti, Lorenzetti y Maqueda, la Corte le dio la razón a Levinas y luego usó el antecedente para fallar a favor de Macri en el Correogate. La decisión de los supremos se enmarca en el debate sobre el traspaso de la justicia nacional a la Ciudad.

Con este fallo la Corte condicionó el devenir de las causas en la justicia nacional y sobre todo en dos fueros claves: el del Trabajo y el Comercial. No sólo fue un movimiento para favorecer al expresidente Mauricio Macri en la causa Correo. Fue además un gesto que beneficia a las grandes empresas del país radicadas en la Capital Federal y a la fuerza política que gobierna la Ciudad.

Con la decisión suprema, las cámaras nacionales, integradas por jueces del Poder Judicial de la Nación, quedan sometidas a la alzada y revisión de un tribunal local, integrado por jueces de la Ciudad, cuyos pliegos no se tratan en el Congreso de la Nación. Con eso se altera toda la división de competencias que hasta ahora rige por ley entre el Gobierno Federal y la Ciudad de Buenos Aires. Lo que resolvió la Corte debía hacerse por ley.


Miércoles, 19 de febrero de 2025

   

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