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LA JUSTICIA PROCESO A 41 EFECTIVOS DE LA POLICIA METROPOLITANA
Una represión que no fue azarosa ni casual
La jueza Berdión de Crudo concluyó que los efectivos utilizaron “armas letales” y utilizaron una estrategia coordinada. Los disparos que terminaron con la vida de dos de las víctimas partieron de los efectivos de la Policía Metropolitana.


Todo tipo de teorías se tejieron y dijeron en diciembre de 2010 frente el asesinato de Rossmary Chura Puña y Bernardo Salgueiro, ejecutados en medio del desalojo policial del Parque Indoamericano, desplegado a los tiros.

Las más repetidas decían que volaban balas de armas tumberas (caseras); que la gente que ocupaba el predio tenía bombas molotov y atacaba; que lo único que hizo la policía fue defenderse y que de ninguna manera los agentes llevaban balas de plomo en sus escopetas. Sin embargo, un fallo de la jueza Mónica Berdión de Crudo finalmente dio por tierra con todas esas elucubraciones que pretendían culpabilizar a quienes reclamaban vivienda –muchas acuñadas por las autoridades porteñas e incluso por otro juez– y concluyó que la acción represiva “no fue azarosa ni producto de la casualidad”, sino producto de “una estrategia coordinada consensuada” que fue llevada a la práctica en el predio principalmente por la Policía Metropolitana bajo “la conducción de la Policía Federal”. Por eso, quedaron procesados 30 integrantes de la policía porteña, entre ellos cinco jefes, y 11 efectivos de la Federal, tres de ellos comisarios. A los de mayor jerarquía se les atribuyó homicidio culposo, aunque no estuvieran en el lugar. Al resto, homicidio en agresión y abuso de armas, además de las lesiones sufridas por cinco personas.

Chura Puña, nacida en Bolivia, tenía 28 años. Salgueiro, paraguayo, tenía 22. El día del desalojo del Indoamericano, ocupado por centenares de familias que reclamaban tierras y viviendas, ambos murieron en extremos opuestos del predio debido al impacto de proyectiles de plomo iguales, calibre 12/70, compatibles con escopetas policiales. Salgueiro ni siquiera estaba en el parque, sino en la villa 20, al lado. La resolución de Berdión de Crudo avala todos los planteos que hizo desde el inicio el fiscal Sandro Abraldes, centrados en que fue personal de la Policía Metropolitana el que tiró a matar y mató y que actuó de manera coordinada con la Policía Federal para despejar el lugar. La decisión está en las antípodas, además, de la postura que tuvo el juez Eliseo Otero, quien en 2012 intentó cerrar la causa contra los policías advirtiendo que no se había investigado bien el uso de armas tumberas de parte quienes protagonizaban la toma. Luego fue desplazado. A las dos muertes analizadas en este caso, se sumó una tercera dos días después, víctima de un proyectil 9 mm., presuntamente disparado por un grupo de choque ligado al oficialismo porteño.

A contramano de lo que siempre sostuvo el ministro de Seguridad porteño, Guillermo Montenegro –que la Metropolitana sólo usa balas de goma–, la resolución es lapidaria: no sólo usó munición de plomo sino que eran “cartuchos de escopetas antitumulto adulterados mediante la sustitución de una o dos de sus postas de goma por otras de plomo”. Aparentaban ser para disuadir pero eran letales. En la armería policial, además, se constató que la fuerza había adquirido 300 cartuchos 12/70 de propósito general (aunque no hay datos de la licitación para eso) y que había inconsistencias en el registro de los entrantes y salientes.

La jueza explicó que no tiene ninguna lógica pensar que hayan sido los ocupantes del terreno quienes dispararan contra sus pares si pretendían atacar y alejar a las fuerzas de seguridad. Remarca incluso que los únicos muertos y heridos eran “civiles” de la toma. No hay rastros balísticos en los escudos. “Ni los testimonios recabados ni los videos, ni las modulaciones policiales contienen datos de entidad suficiente” para sostener que hubo vecinos “con armas de fuego”, enfatiza. Al contrario, puntualiza, cuando los agentes de la Metropolitana dispararon, lo hicieron apuntando a zonas vitales despreocupados por “reducir al mínimo el riesgo de afectar la vida y la integridad física de los manifestantes”.

El comienzo del operativo se sitúa en la orden judicial de desalojo de la jueza María Cristina Nazar. Pero su propio secretario –recapitula el fallo– declaró bajo juramento haber recibido poco antes una veintena de llamados de la fiscalía y de Daniel Presti, que era el subsecretario de Justicia porteño, “claramente orientados a presionar con la emisión de la orden”. Incluso dijo que ese funcionario, al enterarse de que el fiscal daría las directivas a la Policía Federal, le dijo: “Este (Cristian) Longobardi es un pelotudo”. Al final se hizo todo ente las dos fuerzas. “La actuación e intervención del personal de la Policía Metropolitana se concretó, como colaboración, bajo el mando de los Oficiales Jefes de la Policía Federal”, igualadas en responsabilidad. Antes de la orden judicial, incluso, ya se habían reunido para “diagramar” la acción.

Los comisarios de la Federal procesados por homicidio culposo (con una pena máxima de cinco años) y lesiones son Hugo Lompizano –condenado por el asesinato de Mariano Ferreyra–, Juan Antonio Quintero y Emilio Ramón Miragaya. Los jefes de la Metropolitana procesados por el mismo delito son los comisionados Claudio Enrique Serrano, César Menardi y Alberto Ojeda, y el superintendente Miguel Ciancio. El comisionado mayor Ricardo Ferrón, al frente de los metropolitanos en el lugar, fue procesado por homicidio en agresión (que prevé seis años de cárcel) igual que los agentes bajo sus órdenes. La figura se usa cuando no se sabe quién disparó. A todos les embargaron 630 mil pesos. A ocho hombres de la Federal se les adjudicó abuso de armas, con embargos de 40 mil pesos. Todavía falta concretar la indagatoria el ex jefe de la policía porteña Eugenio Burzaco, prorrogada desde febrero.

Tanto los jefes de la Federal como los de la Metropolitana dieron órdenes y podían monitorear lo que pasaba en el Indoamericano, dice la jueza, pero lo hicieron “sin los recaudos necesarios en aras de preservar la seguridad pública y la vida de las personas”, aunque veían “el modo innecesariamente violento” en que actuaban sus “subalternos”. Por eso rechazó que se defiendan con el “principio de confianza” en lo que hacían los demás. Ellos, sostuvo, debían “implementar medidas que redirigieran a la legalidad aquel accionar, evitando los resultados de muertes y lesiones”.

La Metropolitana, indica el fallo, actuó más allá del parque y lo delimitado por la orden judicial. Atacó, además, a las personas aun cuando estaban acatando el desalojo. Y actuó “sin unidad de criterio, no sólo en el uso de la fuerza contra los manifestantes” sino en “la disciplina de fuego”. Unos dijeron que disparaban para disuadir, otros para responder a una supuesta agresión de las víctimas. La mayoría se imitaban entre sí. Hubo policías que hablaban del uso de protocolos. Alguno señaló que eran reglas que provenían distintas fuerzas de seguridad, hasta militares. “Queda claro –dice la jueza– que los protocolos” para actuar en conflictos sociales o manifestaciones en espacios públicos “no existen”.

En el caso de la Federal, los sucesos del Indoamericano marcaron una bisagra y determinaron la creación del Ministerio de Seguridad, y dotó a la fuerza de una autoridad política en busca de quitarle autonomía de acción. La Metropolitana reprodujo el mismo tipo de acciones de ataque a manifestantes en sucesivos conflictos, como los de la Sala Alberdi del Teatro San Martín, el Parque Centenario, la autopista Illia y el Hospital Borda.


Por Irina Hauser


Viernes, 9 de mayo de 2014

   

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