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CORTE SUPREMA
EN 1998, FAYT NEGOCIO SU SALIDA DE LA CORTE CON EL MENEMISMO
El acuerdo era una pensión vitalicia a cambio de su renuncia. Tal pacto puede leerse en una resolución de aquel año que lleva la firma del entonces subsecretario de Desarrollo, Santiago de Estrada.


El 20 de mayo de 1998 el gobierno de Carlos Menem otorgó "una pensión vitalicia a favor del Doctor Carlos Santiago Fayt", según se puede leer en el artículo 1° de la resolución 179 que lleva la firma del entonces subsecretario de Desarrollo Social de la Nación, Santiago de Estrada.

El texto establecía que Fayt debía abandonar su sillón en la Corte para empezar a cobrar mensualmente el beneficio "a partir de la fecha del cese de sus funciones".

La resolución ostentaba rango ministerial y estaba avalada por el secretario del área, Ramón 'Palito' Ortega, y en rigor, no tenía objeciones desde el punto de vista jurídico, dado que se apoyaba en la ley 24.018 que permite a los miembros de la Corte Suprema pedir una pensión mensual, móvil, vitalicia e inembargable por un total equivalente al sueldo básico de un integrante del máximo tribunal, más todos los viáticos, plus por antigüedad, gastos de movilidad y representación que cobran los ministros que están en funciones.

Si bien este tipo de trámites -como toda jubilación o pensión- deben ser iniciados por los interesados, en este caso Fayt, una vez asignado el beneficio el magistrado se arrepintió sin dar muchas exlicaciones, y optó por continuar siendo miembro de la Corte.

Una de las especulaciones que se hicieron en aquel momento para explicar la marcha atrás del juez respecto de su decisión de retirarse, señalaba que algunos dirigentes de la Alianza, con quienes Fayt tenía (y tiene) muy buena relación, convencieron al veterano juez para que no dejara su lugar, porque el menemismo seguramente lo utilizaría para ampliar su 'mayoría automática'.

Paradójicamente sería esa misma Corte menemista la que un año y unos meses después, en agosto de 1999, fallaría a favor suyo en el denominado "fallo Fayt", que declaró "nulo" el último párrafo del artículo 99 inciso cuarto de la Constitución Nacional sancionada en 1994, y que establecía que los jueces del ámbito nacional no podían permanecer en sus cargos una vez cumplidos los 75 años.

Fayt, que en 1999 ya tenía 81 años y por lo tanto se encontraba excedido en edad, se benefició con la Corte cuya mayoría de sus miembros luego fueron sometidos a juicio político o debieron renunciar para evitarlo.


Lunes, 18 de mayo de 2015

   

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