Miércoles, 26/2/2025   Paso de los libres -  Corrientes - República Argentina
 
POR JUAN SEBASTIAN FIORI
Pensamiento Crítico Filosófico de las Penas
Lo primero que debemos es conocer el origen etimológico de la palabra Filosofía: ella surge de dos vocablos griegos: Philos y Sophia. Philos significa (amor), Sophia (sabiduría). Si combinamos ambos términos obtendremos: amor a la sabiduría.


Por otra parte, podemos decir que el Derecho Penal es una ciencia preferentemente jurídica, que regula el deber ser de las personas en la sociedad.

Se ocupa de la interpretación de las Leyes Penales, las cuales habilitan al poder punitivo del Estado mediante “Penas”.

Ésta rama del Derecho genera por lo general discusiones y debates en nuestra sociedad, más aún cuando hablamos de sanciones, de castigos o como quiera llamarse.

“Claus Roxin ,en su Manual de Derecho Penal ,Capítulo “Fin y Justificación de la Pena y de las Medidas de Seguridad”, divide a las Penas en tres teorías:

-La Teoría de la Retribución: ve el sentido de la pena no en la persecución de alguna finalidad socialmente útil, sino que, por medio de la imposición de un mal, la culpabilidad que el autor carga sobre sí mismo como consecuencia de su hecho es retribuida, compensada, en forma justa.

-La Teoría de la Prevención Especial: aquí la misión de la pena es únicamente disuadir al autor de futuros hechos punibles. El fin de la pena es aquí, la prevención, dirigida al autor individual.

-La Teoría de la Prevención General: la tercera ve el fin de la pena no en la retribución ni en la actuación sobre el autor, sino en la influencia sobre la generalidad, a la cual se la debe enseñar a través de las amenazas penales y de la ejecución de las penas lo relativo a las prohibiciones legales, y disuadirla de su infracción”.

La sociedad (Dogmática) argumenta y replica la cuestión de la pena. Busca sus justificativos por la simple consecuencia de castigar al que delinque, neutralizarlo, aislarlo al reo, etc. Es decir, se reconoce a la pena como defensora de la comunidad, porque ella produce paz y tranquilidad.

Dogmatismo: “Se entiende a ésta como una actitud intelectual para la cual no existe todavía el problema del conocimiento. Para la mayoría de la sociedad no cabe dudas que lo que se conoce es de la manera en que se lo percibe”.

La función de la pena dada desde ésta perspectiva, la noto sumamente cómoda y placentera, porque casi nadie la pone en dudas. Semejantes argumentos dados en el entorno en que vivimos, nos permiten ver su disfraz y apariencia. Sin analizar la verdadera cuestión central, su problemática en la praxis.

Éste contexto, nos lleva a resignar las sanciones a manos de jueces inescrupulosos que manipulan la ley con total arbitrariedad.

Con una mirada crítica puedo sostener que es imposible que algún individuo haga un análisis a priori, si le va a ir bien o mal antes de cometer un hecho ilícito, es decir, nadie consultaría la Ley Penal previamente, por lo que uno de los tantos fines de la pena, como el “ejemplificador”, es insostenible.

Lo que hay que tener en cuenta y destacar es que la mayoría de la población no recurre a cometer delitos por la disuasión penal, sino que por tratar de tener una convivencia pacífica, cultural, buenas costumbres, etc.

La ejemplificación de la pena lleva a que una persona, un individuo sea utilizado como un medio, un instrumento del estado para fines propios. El ser humano pasa a ser una cosa que sirve para atemorizar a otras.

La pena así como la vislumbramos hoy en nuestra colectividad, no sirve, no ofrece nada productivo, pero debe hacerse creer que sí es efectiva, para el bien de la sociedad y la tranquilidad de la opinión pública.

Aquí tenemos que detenernos y pensar críticamente (Material Complementario de Introducción a la Filosofía. Lectura 3-Pensamiento Crítico.docx.), y no dejarnos engañar como sociedad.

Los medios masivos de comunicación día a día nos bajan línea, haciéndonos creer que la pena cumple una función justa. Nada más lejano que ello. Más aún, vemos continuamente que la pena recae siempre sobre el más débil, el pobre, el torpe, garantizándoles impunidad a los delincuentes de cuello blanco. Permitiéndoles a éstos continuar con su despotismo, mientras el poder punitivo seguirá recayendo sobre los más frágiles, los más endebles de la sociedad.

Hay capitales de información cómplices de los corruptos que gozan de impunidad, donde los primeros condicionan a la ciudadanía creado una ilusoria realidad.

La situación actual de las cárceles argentinas son el fiel reflejo de éste fundamento. La gran mayoría de los sujetos detrás de las rejas, son de bajos recursos en su mayoría, lo cual muestra a las claras el desequilibrio del sistema penitenciario.

Las cárceles enfrentan hoy distintos problemas: superpoblación, falta de gente idónea y capacitada para la educación de los reclusos, carencia de medios necesarios para el mantenimiento de los establecimientos, ausencia de una adecuada clasificación de los detenidos, serios disturbios sexuales, abusos, presencia de detenidos portadores de enfermedades contagiosas.

Está demostrado que las penas sin humanismo destruye la condición del ser. La cárcel deteriora, empeora en la mayoría de los casos. La convivencia en esos lugares es de constante violencia, carente de alimentación, medicación, higiene, etc. En una palabra, inhumanas.

“Art.18 de la Constitución Nacional (in fine) Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.

Art.75 inc 22 de la Constitución nacional, le da rango Constitucional a los Tratados de Derechos Humanos”.

La actitud intelectualmente inquieta y reflexiva que poseemos como hombres (“corpóreo-espiritual” partícipes de dos dimensiones: “material y espiritual”) nos lleva a indagar, a buscar argumentaciones basadas en los conceptos estudiados y la realidad que nos envuelve.

Como conclusión podemos señalar, que mediante una postura crítica de las “Teorías de la Pena” se busca entender, reconocer o evitar distintos engaños a los que somos sometidos constantemente como colectividad.

Pasamos desde un “conocimiento sensible” (realizado por los sentidos) a un “conocimiento intelectual” (descubrir la esencia de la problemática que esbozamos).

La premisa del Pensamiento Crítico es dudar de todo, para acercarse con mayor precisión a los datos objetivos. Por eso hay que “abstraerse”, es decir, quitar, dejar de lado todo aquello que a la inteligencia no le sirve para así poder elaborar nuestros propios conceptos.

De esa manera podemos sustentar que es evidente como se prioriza más una visión social y general por sobre el ser humano en particular. Ello nos muestra a las claras la situación actual no solamente en argentina, sino en cualquier territorio de América Latina.

Una de las tantas soluciones es generar trabajo genuino dentro de los establecimientos carcelarios, ello dignificaría y mantendría ocupado a los reclusos evitando así el ocio y el vicio (pereza). La Espiritualidad también sería la apertura hacia otra realidad. De esa manera el sujeto que se encuentre en esas condiciones, podría resaltar sus “virtudes cardinales” apagadas, como (la prudencia, la fortaleza, la perseverancia, la templanza, etc.), realizando actos buenos que perfeccionen su vida, encontrando la felicidad, el amor por sí mismo y por Dios.

La misión de las cárceles no debe ser aislar al reo sino reeducar a hombres, no hay que destruir al hombre sino al delincuente que hay en él. De esa manera se conseguiría un fin justo de la pena.



Martes, 9 de junio de 2015

   

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