EN EL NOVENO JUICIO ORAL POR LA MEGACAUSA CAMPO DE MAYO Condenas de 23 y 25 años de prisión para Bignone y Riveros Los represores recibieron las penas por la desaparición del dirigente montonero Roberto Quieto y la apropiación de dos niños durante la última dictadura. Los ejes de la sentencia. Los jefes militares de Campo de Mayo durante la última dictadura Reynaldo Bignone y Santiago Omar Riveros fueron condenados ayer a 23 y 25 años de prisión en el juicio por la desaparición del dirigente montonero Roberto Quieto y la apropiación de dos niños que luego recuperaron la identidad: Gabriel Cevasco y Martín Amarilla. Penas más bajas recibieron los apropiadores Aída Blandina Pizzoni, Roberto Duarte y Margarita Noemí Fernández, mientras que otros tres civiles fueron absueltos. Las penas fueron celebradas por familiares y querellantes, quienes a la vez cuestionaron la actuación del fiscal de Instrucción Jorge Sica, ahora apartado, que generó la “imposibilidad de juicio y castigo a todos los culpables”. La parte resolutiva de la sentencia fue leída ayer al mediodía por el Tribunal Oral Federal N° 1 de San Martín en lo que fue el noveno juicio oral por la megacausa Campo de Mayo. La primera pena que se conoció fue de 25 años de cárcel para Riveros, ex comandante de Institutos Militares, por los delitos de privación ilegítima de la libertad y tormentos a Quieto y a María Delia Leiva, ambos desaparecidos. Leiva fue secuestrada junto a su hijo, Gabriel Matías Cevasco, quien luego fue apropiado. Después de Riveros fue el turno de Bignone, quien ejerció como dictador en la última etapa de la dictadura y fue jefe del Estado Mayor del Comando de Institutos Militares. El TOF lo condenó a 23 años de prisión al encontrarlo culpable por la privación ilegítima de la libertad de Gabriel Cevasco, quien tenía apenas 3 meses de vida, y por los tormentos que recibió su madre en el centro clandestino de detención que funcionó en Campo de Mayo. Tras leer las penas a los responsables militares de Campo de Mayo, siguieron los acusados por la apropiación de dos nietos, que recuperaron la identidad por la lucha de Abuelas de Plaza de Mayo. Por un lado fueron condenados los apropiadores de Gabriel Cevasco. Gabriel fue apartado de su madre el 17 de febrero de 1977 y entregado al matrimonio que Roberto Cándido Duarte y Margarita Noemí Fernández, quienes ayer fueron encontrados culpables de la apropiación y se les aplicó la pena de cinco años de prisión como coautores de retención y ocultación del niño y la supresión de su identidad. Investigados por el mismo caso, otros tres civiles resultaron absueltos: el matrimonio de Alicia Rodríguez y Jorge Buffe, hermano de la policía que entregó el bebé, y Liliana Álvarez, hermana del Duarte, acusados los tres de haber hecho de intermediarios para que el bebé llegara a sus apropiadores. Durante el juicio también se investigó la apropiación de Martín Amarilla Molfino y ayer fue condenada Aída Blandina Dusolina Pizzoni a cinco años y seis meses de prisión. La mujer era la esposa del fallecido agente de Inteligencia Jorge Oscar García de la Paz y juntos inscribieron al niño como su hijo biológico. Martín, sin embargo, había nacido en junio de 1980 en el Hospital Militar de Campo de Mayo durante el cautiverio de su madre, Marcela Esther Molfino, en Campo de Mayo. Luego de pasar 29 años sin conocer su identidad, en 2009 logró determinar su verdadero origen. "Estoy conforme con la actuación del Tribunal, en un proceso que considero inobjetable, en el que fueron consideradas las peticiones de cada una de las partes y se facilitó la presentación de pruebas y testigos", dijo Guido Quieto, querellante en la causa por el secuestro y desaparición de su padre. Quito adelantó que continuará impulsando la investigación del caso. "Voy a persistir hasta lograr el procesamiento de la gente que participó en la detención y en las torturas que sufrió mi viejo. Fuimos por la cabeza, ahora iremos por lo que está más abajo." También destacó el comportamiento de la fiscalía, que en su alegato solicitó una sanción para el fiscal Sica por las demoras y deficiencias en el juicio. «
Fuente: Tiempoargentino.
Miércoles, 4 de diciembre de 2013
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