Por PLibres tiene memoria 13 de diciembre de 1976 – La Masacre de Margarita Belén Se conoce como Masacre de Margarita Belén a la tortura y fusilamiento de 22 presos políticos, en su mayoría militantes de la Juventud Peronista, ultimados en un operativo conjunto de...l Ejército Argentino (ilegales desde el golpe de Estado: constitucionalmente eran "bandas armadas") y la Policía del Chaco durante la noche del 12 al 13 de diciembre de 1976, en un lugar cercano a la localidad de Margarita Belén, provincia del Chaco.
El fusilamiento se disfrazó, como era común en la práctica de la época, de un tiroteo fortuito acaecido durante un intento de huida de los prisioneros. El caso fue uno de los más de setecientos tomados en cuenta en el Juicio a las Juntas, en 1985, y por eso se condenó a los ex dictadores Jorge Videla, Emilio Massera y Orlando Agosti, que más tarde, en 1990, serían indultados por el entonces presidente Carlos Menem.
Se ha supuesto que las medidas, ordenadas por el entonces coronel Cristino Nicolaides, a la sazón jefe de la Séptima Brigada de Infantería, se tomaron como represalia del ataque efectuado el 5 de octubre de 1975 por un grupo armado no identificado contra la sede del Regimiento 29 de Formosa, produciendo un fuerte golpe a las fuerzas de seguridad. El domingo 12 de diciembre de 1976, siete militantes de la Juventud Peronista detenidos legalmente e incomunicados en la Unidad Penitenciaria 7 de la ciudad de Resistencia fueron retirados de sus celdas, con el pretexto de su traslado a la cárcel de máxima seguridad de Formosa. Fueron trasladados en transportes militares a la alcaidía de Resistencia; el ex-diputado de la Unión Cívica Radical Víctor Marchesini, también preso en la alcaidía, informaría luego que fueron torturados en el comedor del establecimiento, antes de ser aislados en celdas individuales. Pocos días antes, otros detenidos habían llegado a la Brigada de Investigaciones de Resistencia y luego a la alcaidía, trasladados desde otras cárceles de la provincia de Misiones, a los que se sometió al mismo tratamiento.
De acuerdo a testimonios presentados ante la CONADEP, los encargados de la tortura pertenecían al Destacamento de Inteligencia 124 del Ejército al mando del entonces teniente coronel Armando Hornos; los acompañaban agentes de la brigada de investigaciones de la policía del Chaco. Durante la noche, se presentó una comisión militar, que presentó órdenes de traslado para retirar a los detenidos; éstos fueron entregados, y transportados en dos camiones militares, custodiados por un patrullero de la policía del Chaco, hasta un descampado vecino a la localidad de Margarita Belén.
La versión oficial de los hechos indicó que la columna que trasladaba a los detenidos había sido atacada en la ruta nacional 11, y que en el combate subsiguiente tres de los presos fueron muertos, mientras que los restantes huyeron. Sin embargo, la investigación realizada por la CONADEP demostró, en base a informes proporcionados por un miembro de la policía chaqueña, Eduardo Ruiz Villasuso, que los presos no estaban en condiciones de huir; uno de ellos, Carlos Zamudio, había recibido días antes la visita de su esposa, que confirmó en declaraciones que no podía caminar siquiera por las torturas recibidas, mucho menos huir. De acuerdo a los escritos de Ruiz Villasuso, las mujeres fueron violadas, tres de los presos varones fueron castrados, y todos ellos torturados en el camino. Al llegar a Margarita Belén, fueron colocados en varios vehículos y fusilados. Los cadáveres de diez de los muertos fueron llevados al cementerio de Resistencia, y allí enterrados en tumbas cuya apertura se había ordenado el día anterior. El episodio se incluyó como caso 678 en la causa 13 abierta contra la junta militar. La Cámara Federal de Buenos Aires halló responsable de homicidio agravado por alevosía a Jorge Rafael Videla, y sentenció que la versión oficial carecía de verosimilitud, indicando que los detenidos "fueron muertos por las fuerzas encargadas de su traslado y no por elementos subversivos como oficialmente se anunciara". Las Cámaras Federales de Rosario y Paraná habían citado a declarar por la misma causa a Nicolaides, a Leopoldo Fortunato Galtieri y al jefe de la policía santafesina, Wenceslao Ceniquel, todos ellos hallados culpables.
Transcurridos treinta y cinco años de los fusilamientos, diez de la reapertura de la causa judicial, luego de escuchar a más de 120 testigos, en 60 audiencias orales y públicas, la lectura de la parte resolutiva de la sentencia llevó menos de 30 minutos para escuchar la condena a cadena perpetua a ocho militares, sentencia del Tribunal Oral Federal de Resistencia, Capital de la Provincia del Chaco, el 16 de mayo del presente año. Gladys Yunes, presidenta del Tribunal, leyó la condena a cadena perpetua contra Athos Rennes, Ernesto Simoni, Aldo Martínez Segón, Germán Riquelme, Jorge Carnero Sabol, Ricardo Reyes, Ricardo Losito (ya había sido condenado a 25 años en la causa por el ex Regimiento de Infantería 9, en Corrientes) y José Luis Patetta (también condenado a 25 años, pero en la causa Caballero que investigó la represión ilegal en el Departamento de Policía de Chaco). En cambio, fue absuelto Luis Alfredo Chas, por falta de pruebas.
Viernes, 13 de diciembre de 2013
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