PRIMERA CONDENA POR TRÁFICO DE PERSONAS EN ENTRE RÍOS Tres años para un hombre por ingresar chinos por la frontera Libres - Uruguaiana En un fallo inédito, un hombre fue sentenciado a tres años de prisión por haber ingresado ilegalmente al país a tres ciudadanos chinos, desde Brasil por la frontera de Paso de los Libres. Enrique Esteban Scagliola, de 65 años, había viajado a San Pablo, contacto mediante con un hombre de nacionalidad china residente en el país brasileño.
Regresó desde esta ciudad en un colectivo de la empresa Pluma hasta la localidad fronteriza de Uruguayana, ingresó al país sin registrarse en la Aduana de Paso de los Libres, Corrientes, se tomó un taxi hasta Mercedes, y de ahí un colectivo hacia Buenos Aires.
El mismo recorrido habían hecho tres chinos, dos de ellos menores de edad, que ingresaron ilegalmente al país. Cuando los sorprendieron en un control de la Gendarmería Nacional en la ruta 12, al sur de Entre Ríos, los inmigrantes que no hablaban ni una sola palabra de castellano, señalaron a Scagliola, que iba en otro asiento del micro de la empresa Nuevo Expreso, y de este modo lo incriminaron en el delito por el cual ayer fue condenado: tráfico ilícito de personas, en una sentencia inédita en la provincia, y entre las pocas del país por este delito reprimido por la ley nacional de Migraciones.
Luego de un intenso contrapunto entre el fiscal general José Ignacio Candioti y el defensor José Ostolaza en los alegatos del juicio, el Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a Scagliola a la pena de tres años de prisión efectiva, pero por el tiempo que el hombre lleva preso, le corresponde la libertad condicional.
Demasiadas coincidencias
El fiscal Candioti recordó el procedimiento de la noche del 6 de abril de 2013, cuando los gendarmes del puesto de control de Paraná Guazú advirtieron la irregularidad, y enumeró las pruebas que se reunieron en la investigación, entre ellas la más importante: los pasajes correlativos que tenían Scagliola y los chinos, tanto de la empresa Pluma del viaje desde San Pablo hasta Uruguayana, como los del colectivo que salió de Mercedes con destino a Buenos Aires (a Retiro los orientales y a Escobar el imputado). En este sentido planteó que Scagliola los buscó el 3 de abril en San Pablo, para luego realizar el viaje de ingreso ilegal a Argentina, y tal como dijeron los inmigrantes cuando declararon con un traductor, los hizo cruzar la frontera en un bote. En los registros aduaneros no quedó acreditado el ingreso al país de ninguno de los tres. Por otro lado, mencionó el fiscal que Scagliola tenía en el celular un contacto de un ciudadano chino residente en San Pablo, quien sería el nexo para la actividad ilícita.
“Tuvo el dominio de los hechos, hay un cruce ilegal de personas por los límites fronterizos. Argentina no impide el ingreso, pero plantea requisitos en la Ley de Migraciones (la Visa y la autorización de los padres a los menores). Ellos no tenían nada, pobrecitos, necesitaban de un facilitador, seguramente necesitaban ingresar para buscar un mejor pasar trabajando en un supermercado o en un taller textil”, afirmó Candioti, y agregó que el delito cometido por Scagliola “es una conducta muy disvaliosa” que “se emparenta con la trata de personas”, ya que convierte en vulnerables a las personas que ingresa al país, quienes después son discriminadas: “Esos chicos de 15 y 16 años son carne de cañón para la explotación laboral”, aseveró el fiscal. También se refirió a la versión que dio el imputado, acerca de que trabajaba como tapicero y que iba a Brasil a comprar artículos de bijouterí, perfumes y fijadores para revender en Buenos Aires. Al respecto, Candioti se preguntó: “¿Por qué no compró en uruguayana? Sabemos que tiene precios baratos ¿Por qué subió hasta San Pablo? ¿Y dónde estaban la bijouterí, el perfume y el fijador? Es poco serio, es bastante infantil el argumento”, dijo Candioti.
Por esto, pidió que lo condenen a cinco años y medio de prisión, por el delito agravado debido a ser dos de las víctimas menores de edad.
Pruebas contradictorias
El defensor Ostolaza planteó que hay datos y testimonios que no se corresponden con las actas del procedimiento de Gendarmería, y refutó lo dicho por el fiscal acerca del supuesto cruce fronterizo en un bote, al mostrar un acta de Migraciones que evidencia que los tres chinos ingresaron al país en un vehículo de alquiler.
Remarcó las contradicciones que existen entre las pruebas, y luego se refirió a la definición del delito de tráfico ilícito de personas, según la web del Ministerio Público Fiscal, que diferencia la mera entrada ilegal del ingreso por parte de un grupo delictivo organizado con un provecho económico. “No se ha probado que se hubiera obtenido este beneficio, ni directa ni indirectamente”, afirmó el defensor.
También se refirió Ostolaza a las testimoniales de los chinos, en las que afirman que no conocían a Scagliola, que llegaban al país para trabajar en un supermercado de familiares y que tenían plata con la que sacaron los pasajes. “Sabían perfectamente dónde iban y a qué venían”, afirmó.
Además, planteó una diferencia temporal: que los chinos ingresaron al país el 6 de abril, y el imputado ya estaba el 4 en Paso de los Libres, donde lo esperaba su esposa en un hotel. En esta localidad nació y vivió durante 35 años, dijo el defensor, y como muchos habitantes de la misma pasan asiduamente la frontera, muchas veces sin registrarse. Respecto de los pasajes de Nuevo Expreso, Ostolaza afirmó que no son correlativos, que tenían lugares de destino diferentes y que habían sido sacados con 10 minutos de diferencia. Y tampoco eran concordantes los números de los boletos de la empresa Pluma, aseguró.
Por esto, entre otras pruebas enumeradas a favor de Scagliola, el defensor pidió la absolución.
Condenado pero libre
Sin embargo, luego de deliberar, los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros, condenaron al acusado por el delito de tráfico ilícito de personas, pero a una pena menor a la solicitada por el fiscal, ya que no contemplaron el agravante de la minoría de edad de las víctimas, por lo que le impusieron la pena mínima de tres años de prisión efectiva.
De este modo, como Scagliola hace más de un año y medio que estaba con prisión preventiva en la Unidad Penal de Gualeguaychú, obtuvo el beneficio de la libertad condicional.
Migración y derechos
El magistrado entrerriano Gabriel Chausovsky, fallecido en 2010, presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, fue un pionero en el desarrollo de un enfoque diferente de la política migratoria argentina, basado en la inclusión y los derechos humanos de los migrantes.
Perspectiva que adoptó la ley nacional de Migraciones 25.871, sancionada a fines de 2003 y promulgada a principios de 2004, la cual produjo un cambio importante al reemplazar la denominada “ley Videla” (22.439) la cual apuntaba más a perseguir y expulsar a los extranjeros.
Fuente: diario 1
Viernes, 21 de noviembre de 2014
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