Crimen de la periodista Defensor de Holzweissig dice que el empresario no era amante de Blanco Alejandro Gómez el abogado del único imputado por el feminicidio de Griselda Blanco -el propietario de un local bailable Darío Holzweissig- confirmó que el detenido no prestó declaración y consideró insuficientes las pruebas en su contra reunidas por el Ministerio Público Fiscal.
El letrado negó que entre la periodista y el empresario existiera una relación de amantes «tóxica», y aseguró que su estrategia intentará aportar prudencia al procedimiento, dadas las circunstancias en las que fueron abiertas las actuaciones, que inició con la ex pareja de la víctima detenida, acusado por el mismo cargo.
Gómez sostuvo que la defensa ofrecerá su propia interpretación del caso, como permite la ley, al tribunal, y pondrá a prueba la validez de los elementos aportados por el Ministerio Público Fiscal, que conduce la doctora María José Barrero Sahagún, los cuales, según adelantó, considera en la doctrina del fruto del árbol envenenado.
El defensor según señaló, considerará ante el tribunal que, además de «insuficientes», las pruebas expuestas contra Holzweissig fueron obtenidas de manera ilícita, lo cual, de acuerdo a esa doctrina, se extiende directa o indirectamente a cualquier nexo, es decir, torna ilegales a todas aquellas pruebas relacionadas y derivadas.
¿Cómo está el caso? -Mi defendido fue detenido en fecha del 25 de mayo a las 20.57. Dentro del plazo de 72 horas previstas por el Código Procesal para que se realice la imputación, se ha realizado la misma, y en el mismo momento se ha levantado su incomunicación. Desde ayer (domingo 28) se nos dio lectura de los hechos por el cual, y de las evidencias que constan en la causa, además de la calificación legal. En este caso se nos está imputando la supuesta comisión de lo que fue el homicidio conocido por todos de la señora Griselda Blanco. Por el momento estamos imputados por lo que será, en la calificación legal, Homicidio Simple. Después de eso, se realizó una audiencia a pedido y actuación del Ministerio Público Fiscal, en el cual el doctor Vega, juez de Garantías, resolvió el dictado de prisión preventiva en contra de mi defendido. Eso sería hasta hoy un pantallazo general de lo que es la causa.
¿Por qué las cámaras no sirven para la acusación? -Hay un cierto grado de convicción con respecto a la interpretación de la prueba, para mantenerlo detenido esa exhibición de esos elementos alcanzan porque, bueno, se presume que el Ministerio Fiscal va a seguir trabajando y aportando nuevas evidencias, pero si esa es toda la evidencia que tienen no van a poder. Entiende esta defensa que, haciendo una interpretación eficiente, como corresponde, para desvirtuar el estado de inocencia de una persona, no van a poder porque esta parte, por lo que pudo ver, no las considera una prueba de cargo que pueda llegar a generar que se desvirtúe el estado de inocencia de mi defendido. Son cámaras de seguridad en las que se ve a un vehículo saliendo del domicilio de mi defendido. No se ve quién conducía, por dar una situación. Otra cuestión es que se exhibió una cámara, que es de la que todos hablan, en la que se ve a una persona caminando en las inmediaciones del domicilio de la víctima, tampoco se ve, no se ve directamente en las cámaras, solamente se ve un bulto que puede ser cualquier cosa. Puede ser una persona, que puede no ser específicamente mi defendido. Sólo por dar un ejemplo, haciendo una valoración, un alegato anticipado, de lo que es la evidencia que, hasta el momento, la fiscalía puso en conocimiento de la defensa.
¿Cuánto tiempo tarda esto? -Puedo referirme a los plazos procesales, o sea, tengo tiempo para presentar lo que es mi teoría del caso, hasta el momento del ofrecimiento de pruebas, que es donde yo tengo que acompañar la evidencia que entiendo que hace a la prueba de mi caso. Acá hablamos de teoría del caso, que son los hechos que cada una de las partes va a probar en un posterior juicio. Yo tengo tiempo, está previsto que el preparatorio puede durar hasta un año con todo lo que la complejidad de la causa lo amerite. Así que hasta el último día tengo tiempo para presentarlo, lo más rápido posible, con la mayor celeridad y precisión. Es una causa muy compleja, que, con un consejo de esta defensa, para no ser imprudentes de lo que es el planteo del caso, decidimos no presentar los alegatos, porque si no sabíamos específicamente de qué hecho, con pruebas fáticas, por la cual estábamos en ese momento detenidos, es una locura presentar un descargo con respecto a eso, si no sabemos de qué nos está imputando. Ahora que ya sabemos de qué nos están imputando y cuáles son las evidencias ya podemos trabajar mejor para poder desvirtuar esos hechos y demostrar el caso de mi cliente, que, lógicamente, se va buscando como consecuencia demostrar su no participación en el hecho que se nos imputó.
Usted recalcó que él no tenía ninguna relación sentimental. ¿Por qué? -La fiscalía tampoco lo manifiesta y lo presenta. Acompañó con evidencia, pero siempre la evidencia está sujeta a la interpretación de las partes, y cada una de las partes deberá demostrar por qué cree que puede ser una relación afectiva, o sentimental. Con lo que acompañaron, yo entiendo, desde mi experiencia, que eso no significa una relación sentimental. Sí, se entiende, y se probó, específicamente, que hay una relación comercial, previa. Se acompañó evidencia. Y también, no quiero dejar de remarcar que todas las evidencias que se incorporan tienen que superar un control de validez, de legalidad. También estamos trabajando como defensa para demostrar que hay pruebas que no son producidas válidamente. Pero es una cuestión que en este momento no puedo adelantar porque no ha sido planteada todavía. Descartó que hubo material genético en las uñas de la víctima. ¿Hicieron algún estudio? -Se realizó en uno de los allanamientos, en su domicilio, se tomaron muestras de saliva y lo que es una muestra del folículo capilar.
¿Cómo va a seguir este caso? -Vamos a demostrar que lo que hace al caso, vamos a buscar las evidencias para demostrar nuestro caso también y mientras tanto trabajar con el control de legalidad, o sea la validez de las evidencias puestas a disposición por la fiscalía. Es un trabajo muy exhaustivo.
¿Su defendido se encuentra en condiciones de declarar? -Optamos por el derecho de no hacerlo, porque no lo consideraba prudente.
Martes, 30 de mayo de 2023
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